Micelio
Auto28 de julio de 1997

A- de 1997

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Banco De La Republica ( Reina Andrade Eduardo )·Demandado Juzgado 29 Civil Del Circuito Y Otros

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Via De Hecho Por Juez O Tribunal
  • Necesidad de notificarles iniciación de tutela
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de la decisión tomada por el Tribunal de la referencia, toda vez que no se informó de la iniciación de la acción a los interesados.

En consecuencia, se les concedieron tres días para que se allanaran o no a la nulidad, en caso contrario, se entenderá que queda saneado y el expediente regresará a la Corte Constitucional para continuar con la tramitación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Pongase en conocimiento de los dos magistrados que integraron la Sala de Decision Penal del Tribunal de Santafe de Bogota cuyo ponente es la doctora Florangela Torres de Cardona, y del juez Veintiseis (26) Penal del Circuito de esta ciudad, la existencia de la nulidad derivada de no haberseles citado informandoseles la iniciacion de la accion, a fin de que digan si allanan o no la nulidad. Si en el termino de 3 dias siguientes a la fecha en que se les notifique este auto de la Corte Constitucional por parte del Tribunal de primera instancia, no alegan la nulidad, se entiende que queda saneada y el expediente regresara a la Corte Constitucional para continuar con la tramitacion.
  2. Si no es saneada la nulidad, se declarara a partir del auto del 28 de noviembre de 1996 inclusive y se retrotraera el procedimiento a dicha fecha.
  3. Remitase el expediente al Tribunal de origen para los efectos consiguientes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.